Hoy es un día importante para los Internautas en general y para los usuarios de redes p2p en particular, una juez de Santander, ha establecido en una sentencia que las descargas realizadas por Internet sin animo de lucro no constituyen un ilícito penal y por tanto no deben ser penadas, con el Código Penal y la Ley de Propiedad Intelectual vigentes en la actualidad.
Supone un grave traspiés para los intereses de esas “asociaciones sin animo de lucro” - Promusicae, AFYVE , ADESE, ADIVAN y la consabida SGAE- que dicen gestionar los derechos de autor. No obstante no debemos engañarnos, el lobby que representan esas asociaciones es muy fuerte, y tienen bajo su manto a todos los partidos políticos, por lo que en un futuro no muy lejano esa ley cambiara. Pero como se suele decir que nos quiten lo bailado.
Aquí dejo un resumen de prensa de tan grata noticia, ahora queda solo que echen por tierra el “maldito CANON”
El internauta absuelto tenía 6.780 álbumes de música en MP3 .- abc.es
La importancia del 'ánimo de lucro' para las sentencias relacionadas con el P2P .- 20 Minutos
La descarga sin lucro no es delito .- Metro
Nueva sentencia favorable para la descarga de música 'online' .- Cinco Días
Una juez de Santander sentencia que la descarga de música por Internet no es delito .- delitosinformaticos.com
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